La Municipalidad de Fiambalá informa que se adhiere al Decreto S- Seg- N°1558 emitido por el Poder Ejecutivo Provincial y que mediante decreto N°230/20 se amplió por una año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la OMS por el COVID-19.
Por lo cual:
Articulo 1 -Se adhiere en todas sus partes al Decreto S-Seg-N° 1558.
Artículo 2 – Suspender las clases en todos los establecimientos educativos y niveles.
Artículo 3 -Toda persona que proviene de la Capital y tuviere domicilio en Fiambalá deberá realizar el aislamiento por 72 horas en sus hogares y se restringe el ingreso a quien no tuviera domicilio en nuestra jurisdicción hasta las 00 horas del martes 8 de septiembre.
Artículo 4- Restringir la libre circulación con la ciudad de Tinogasta salvo situaciones de emergencia y personal esencial que cuente con permiso hasta las 00 horas del martes 8.